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La llamada rebaja de la jornada laboral a 42 horas semanales es una manifestación mentirosa

 La llamada rebaja de la jornada laboral a 42 horas semanales es una manifestación mentirosa

Mucho se ha manifestado sobre la reducción de la jornada laboral, que conforme el gobierno pasará de 48 horas a 42 semanales, pero solo hasta el 2.046,

Los periodistas del Noticiero del Llano consultamos a expertos sobre el particular y encontramos que David Marcelo Patiño en un artículo de AIL hace señalamientos de interés, que se resumen, así:

La reducción se realiza de forma progresiva hasta completar las 42 horas.

Se evidenciará la primera reducción hasta julio de 2023 donde se rebajará una hora, quedando la jornada de 47 horas.

La segunda reducción se hará en julio del 2024 donde se reducirá una hora quedando una jornada laboral de 46 horas.

En los meses de julio de 2025 y de 2026 se hará una reducción de dos horas, respectivamente, hasta alcanzar las 42 horas semanales.

Esta ley modifica el artículo 161 del Código Sustantivo de Trabajo que establecía la duración de la jornada máxima de 8 horas al día y 48 horas a la semana.

Pero lo curioso es que, si bien se redujeron 6 horas de la jornada laboral, desapareció el máximo legal de 8 horas de trabajo diario, lo que deja la puerta abierta para que se generen jornadas de trabajo superiores a las 8 horas diarias. La única limitante que plantea la ley es que las 42 horas semanales deben ser distribuidas entre 5 o 6 días a la semana.   Por otro lado, es importante destacar que la reducción de la jornada laboral no implica la reducción o desmejora de las condiciones laborales del trabajador como el salario, vacaciones y prestaciones sociales.

Con la Ley 2101 del 2021 también pierden los trabajadores, ya que exonera al empleador de dar el día de la familia contemplado en la Ley 1857 de 2017 y las 2 horas recreativas, que tenían los trabajadores que laboraran 48 horas semanales en una empresa con más de 50 trabajadores, beneficio que había otorgado la Ley 50 de 1990.

En conclusión, la reducción de la jornada laboral es una justa reivindicación que se le debía a los trabajadores del sector privado, pero que no viene sola, ya que deja abierta la posibilidad a jornadas labores superiores a las 8 horas diarias y se pierden jornadas recreativas y el día de la familia.  De esta forma, resulta esencial seguir propugnando por la ratificación del Convenio 47 de la Organización Internacional del Trabajo para gozar de una jornada laboral que no retroceda en derechos adquiridos y que dignifique las condiciones de vida de los trabajadores en Colombia.  En otras palabras en lugar de  avanzar,  se  retrocede y pierden los trabajadores.

Twitter:@notillano  Web:notillano.com (AA)

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