Niegan pretensiones de la demanda de exfuncionaria de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado
Las posibilidades de Astrid Milena Castro Ospina, de volver a trabajar en la empresa de Acueducto y Alcantarillado de Villavicencio, no se cristalizaron al conocerse una actuación de última instancia.
El Tribunal del Meta, confirmó el fallo del Juzgado Primero Administrativo Oral mediante el cual negó tajantemente el reintegro.
La demandante describió que el 11 de marzo de 2008, fue vinculada en el cargo de Profesional Especializado de Cartera en el cual se posesionó en la misma fecha y el 24 de marzo de 2013 fue desvinculada.
En resumen, el Tribunal resolvió considerando que el cargo ocupado por la actora, era de libre nombramiento y remoción, su existencia en la Administración pública se justifica en la necesidad, para ciertos funcionarios, de conformar su equipo de trabajo con personal de la más alta confianza, con miras al mejoramiento del servicio.
Tal potestad se traduce en la libre escogencia de sus inmediatos colaboradores, máxime si se trata de seleccionar a aquellos que demandan una mayor confidencialidad y cercanía con las políticas a implementarse por parte del Administrador de turno.
Twitter:@notillano Web:notillano.com (Santos)