Destituyen e inhabilitan por 20 años al Magistrado Joel Trejos por hechos de corrupción
Destituyen e inhabilitan por 20 años al Magistrado Joel Trejos por hechos de corrupción
VILLAVICENCIO: La Comisión Nacional de Disciplina Judicial sancionó con destitución e inhabilidad por 20 años, al Magistrado, Joel Darío Trejos Londoño, de la Sala penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Villavicencio, para la época de los hechos.
Según el fallo de primera instancia, el disciplinado habría incurrido con sus actuaciones en falta gravísima y a título doloso
Los cargos se fundamentan en que, supuestamente, habría aceptado retribuciones y promesas remuneratorias de unos procesados, para ejecutar un acto propio de su cargo contrario a sus deberes y a la ley.
Los hechos hacen referencia al caso de la Serviteca Autorrollings, por los que hoy está condenada a 52 años, de cárcel, Marbelly Sofía Jiménez Pérez y a 32 años Smit Parra Rincón, alias “mano picha”.
Pues, durante el trámite de apelación en segunda instancia, el proceso estuvo engavetado en el Despacho del Magistrado, Alciviades Vargas Bautista, por cerca de cinco años.
En la investigación, Alciviades Vargas, fue absuelto de toda responsabilidad Disciplinaria, pero contrario a ello, fue sancionado, Joel Darío Trejos Londoño.
Ante esas circunstancias, Trejos Londoño, ha presentado apelación contra el fallo que lo ha inhabilitado, y solicita a la magistrada ponente, Magda Victoria Acosta Walteros, que se le conceda el recurso de apelación y en subsidio de reposición de la sentencia.
Argumenta que hay una afectación a los derechos constitucionales de igualdad y cosa juzgada, violación del debido proceso y al principio de favorabilidad, al no aplicar el principio constitucional y democrático de separación de funciones, consagrado en la Ley 1952 de 2019.
Aseveró que son los mismos magistrados investigadores que formularon el pliego de cargos, los que suscriben y deciden de fondo en la sentencia.
Así mismo aduce que hay una violación al principio de congruencia, ya que los cargos no fueron debidamente circunstanciados, por indebida motivación de la sentencia, porque según él, no hubo un estudio de la totalidad de la prueba recauda ni tampoco hubo pronunciamiento sobre varias de las argumentaciones propuestas en los descargos. Twitter:@notillano Web:notillano.com (Santos)
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