A través de una acción judicial ordenan el pago de prestaciones a una enfermera
El Hospital departamental de Villavicencio fue condenado a pagar prestaciones, cesantías, sueldos y demás emolumentos dejados de recibir, a una enfermera de la Unidad Funcional de hospitalización, quien ingresó desde el 29 de abril del año 2003 por vinculación mediante contrato de prestación de servicios hasta el 30 de abril de 2013.
No le reconocieron sus prestaciones sociales tales como horas extras, bonificaciones y demás beneficios propios de una relación laboral durante los periodos de trabajo.
En tal sentido, y en actuación de segunda y última instancia, el Tribunal Contencioso Administrativo del Meta, al resolver un recurso de apelación, declaró que entre la enfermera y el Hospital existió una relación laboral, legal y reglamentaria en distintos periodos.
A título de restablecimiento de Derecho el Hospital fue conminado a reconocer y pagar la totalidad de prestaciones sociales y acreencias laborales para el periodo comprendido del 1 de octubre de 2011 al 30 de abril de 2013.
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