Alerta por extorsión mediante modalidad de Sexting en el Meta
Las conductas que constituyen el delito del sexting están relacionadas con difundir, revelar, transferir, ceder, publicar o hacer visible, fotos, imágenes, videos o cualquier otro material de contenido íntimo, sin el debido consentimiento o autorización de la persona, y contrario a ello empiezan las amenazas, chantajes y presiones, para exigirle determinada cifra de dinero.
La Dirección Seccional de Fiscalías advirtió que esa actuación está tipificada en el código penal como una conducta delictiva que afecta gravemente la intimidad personal de la víctima, de sexo femenino o masculino.
Según, la Fiscal Especializada, María Helena Monsalve, ocurre, cuando las personas han sostenido algún acercamiento constituyendo una relación íntima y que después por alguna circunstancia se acaba.
Alguna de las partes empieza a querer chantajear o sacar provecho de ese material fotográfico o video gráfico.
Las autoridades recomiendan que, en las relaciones de parejas, no se permita la realización de ese tipo de imágenes, ya que puede ser contra producente a posterioridad. Twitter:@notillano Web:notillano.com (Santos)