Por tercera vez fallo a favor de la Empresa Industrial Trituradora de Piedras Los Andes Ltda.
Tres incidentes de desacato que se desprenden de una demanda de Acción Popular, no prosperaron en el Tribunal del Meta, por no existir elementos que soportaran una sanción contra la Empresa Triturandes.
En ese orden, el Tribunal del Meta, rechazó de plano las pretensiones de Geovanny Reyes, promovidas desde el 16 de marzo de 2021, argumentando que la Empresa Trituradora los Andes Ltda., trasladó unas máquinas a otro predio de manera parcial y no total.
Reclama que, dejó unas plantas para mezcla de concreto y que el ruido de los carros o volquetas lo perjudican porque su conjunto está aledaño al predio donde realizan los trabajos.
Frente a la petición, respondió el Tribunal en algunos apartes de las consideraciones: “De lo anterior, se observa que el sustento fáctico por el que se tramitó la Acción Popular y que se analizó en la providencia del 31 de enero de 2019, para amparar el derecho colectivo, correspondió únicamente a la actividad de trituración desempeñada por la Trituradora de los Andes Ltda., sin que se hubiese realizado pronunciamiento alguno frente a la actividad de mezclado de concreto que manifiesta.
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