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Subintendente perdió demanda y ahora debe pagar en costas

 Subintendente perdió demanda y ahora debe pagar en costas

El Subintendente, Michael* demandó a la Policía buscando una reliquidación del salario incluyendo el subsidio familiar de un 30 % del salario básico por la esposa, un 5 % por el primer hijo, y el 4 % para el segundo y tercer hijo.

Al no lograr sus pretensiones y haber perdido la demanda en primer y segunda instancia contra la Policía, el subintendente, Michael* ahora deberá de pagar en costas a la institución policial.

El valor será el que tase el Juzgado Segundo Administrativo del Circuito de Villavicencio, conforme lo disponen los artículos 365 y 366 del Código General de Proceso, CGP.  Además de ello, el uniformado está temeroso de que la Policía lo pueda desvincular en retaliación por la demanda.

El demandante, actualmente, ostenta el grado de subintendente de la Policía Nacional y agrega que posteriormente contrajo matrimonio con quien hoy es su señora y de la relación nacieron tres hijos.  

Afirma que elevó petición ante la entidad demandada, con el objeto de que se le reliquidara el salario incluyendo el subsidio familiar en los mismos porcentajes que se les reconoce a los oficiales, suboficiales y agentes de la entidad.

En consecuencia, la Sala de decisión del Tribunal Contencioso Administrativo del Meta al hacer una ponderación de lo expresado por el demandante, concluyó que la Policía Nacional de Colombia, al no aplicar los Decretos 1212 y 1213 de 1990, respecto del reconocimiento del subsidio familiar no le vulnera el derecho de progresividad teniendo en cuenta que las previsiones normativas que regulan su vínculo laboral, como uniformado del nivel ejecutivo, tienen un contenido diferente máxime al de los oficiales y sub oficiales.

Tiene en cuenta que el demandante desde su ingreso a la institución como patrullero del nivel ejecutivo lo hizo bajo las disposiciones legales que determinan el Decreto 1091 de 1995, en el cual el subsidio familiar fue concebido de una manera distinta de aquella prevista para los oficiales, suboficiales y agentes.

El Tribunal no encontró que los derechos laborales hayan desmejorado. Por el contrario, el reproche realizado buscaba mejorar la garantía del subsidio familiar prevista en el nivel ejecutivo.

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