Tribunal decretó la nulidad de adición de recursos de cofinanciación para Acacias.
ACACÍAS: El Tribunal Contencioso Administrativo del Meta dejó sin ninguna valides jurídica y administrativa el Decreto 019 del 2 de febrero de 2017, expedido por el alcalde de Acacías, Meta, mediante el cual adicionó unos recursos de cofinanciación nacional al presupuesto general del municipio en el año 2017.
Reprochó la Sala de decisiones del Tribunal, que esos recursos no podían catalogarse para el ingreso a las arcas del municipio como una cofinanciación, pues, la totalidad de los mismos se derivaban de aporte exclusivo del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social.
El alcalde, no era competente para modificar el presupuesto de ingresos y gastos de la vigencia fiscal 2017, pues, está facultad por regla general y en cabeza del Concejo Municipal de Acacías, tal como lo dispone el numeral 5º del artículo 313 de la Constitución Política y el numeral 9 del artículo 32 de la Ley 136 de 1994
Así mismo, el Tribunal, invalidó el acuerdo 434 del 20 de febrero de 2017, aprobado por el concejo, “por medio del cual autorizó vigencias futuras ordinarias para la ejecución de gastos de funcionamiento y proyectos de inversión incluidos en el plan de desarrollo “para vivir bien 2016- 2019”.
Pues salta a la vista un vicio de legalidad en el acuerdo ya que la autorización dada al alcalde fue para comprometer las vigencias de los años 2018, es decir, que no se comprometió la vigencia del año 2017, fecha para la cual fue dictado el acuerdo.